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Con fecha 9 de julio, la Consejería de Agricultura ha publicado la orden por la que se establecen normas para la homologación de métodos de captura de especies cinegéticas depredadoras, perros y gatos domésticos asilvestrados, así como se homologan los métodos de control denominados lazo propulsado tipo Collarum, lazo con tope y cierre libre en alzar, lazo tipo Wisconsin al paso y caja-trampa metálica para urracas en Castilla-La Mancha.
La actividad cinegética tiene una gran repercusión social, económica y ecológica en Castilla-La Mancha, dedicándose a la misma parte de su territorio.
La depredación es un factor más, junto a las alteraciones de los hábitat, las enfermedades, la introducción de especies exóticas, la introgresión genética y el exceso de presión cinegética, que pueden estar contribuyendo al declive de algunas especies de caza menor.
La caza regulada de depredadores cinegéticos generalisas es una práctica que, acompañada de una serie de medidas óptimas de gestión del hábitat y de gestión de la actividad cinegética, podría contribuir a la recuperación de determinadas poblaciones de especies de caza menor.
El control selectivo de depredadores generalistas, es una práctica que puede repercutir favorablemente en las poblaciones de las especies-presa y es considerado como un instrumento más de la buena práctica cinegética. La Administración cinegética y medioambiental es consciente de esa circunstancia y del interés de los propietarios, gestores y usuarios de los cotos de caza por mantener las poblaciones de depredadores cinegéticos generalistas dentro de unos límites admisibles, pero esta gestión no debe perjudicar a las especies silvestres no cinegéticas, cuya protección está recogida en las diferentes normas de ámbito comunitario, estatal y regional.
El objeto de la presente Orden es establecer las normas para la homolgación de métodos de captura de las especies cinegéticas depredadoras, así como de los perros y gatos domésticos asilvestrados, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
Además, es objeto de la presente Orden, la homologación, con restricciones territoriales, de las características y condiciones de uso de los métodos de captura cuyos aspectos relativos a descripción, forma de instalación, condiciones del lugar de ubicación del métodos, densidad de las trampas, especie/s objetivo a capturar, resultados de parámetros evaluados, revisión de trampas, manejos de los animales capturados (objetivo y no-objetivo), sacrificio no cruel de los amimales objetivo capturados, ámbito territorial de homologación, consideraciones adicionales para las autorizaciones de lazaos y cualquier otro requisito necesario para su correcta aplicación.
Orden: Normas para la homolagación de métodos de captura de especies cinegéticas